El Ayuntamiento exigirá medidas de transparencia a las empresas públicas locales

El equipo de gobierno ha planteado para el pleno de noviembre una propuesta de acuerdo sobre la ampliación de la transparencia a fundaciones, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público local y asociaciones que suscriban convenios con el Ayuntamiento de Cieza.

La iniciativa pretende trasladar el acuerdo a los consejos de administración y patronatos de las fundaciones, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles del sector público en las que tenga participación el Ayuntamiento de Cieza para que tomen los acuerdos pertinentes en el ejercicio de sus competencias para incluir en sus procesos de selección de personal los criterios de publicidad, bien en su web o en la del Ayuntamiento, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación. Igualmente, se instará a todas las asociaciones y entidades que convenien con el Ayuntamiento de Cieza a publicar el estado de cuentas anual, bien en su web o en la del Consistorio.

Fuentes municipales indican que la fundamentación de la propuesta se basa en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.

Según se explica, la ley establece las obligaciones de publicación que afectan a las entidades públicas para garantizar la transparencia en su actividad y regula el derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública.

Concretamente, el artículo 2.1 establece una extensa relación de entidades, órganos y organismos a quienes resultarán de aplicación las disposiciones del Título I, entre las que se encuentran los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles (con capital participado local superior al 50%) y fundaciones, todas ellas del sector público local.

En el Capítulo II, que habla de la publicidad activa, especifica una serie de obligaciones para que estos sujetos difundan determinada información sin esperar una solicitud concreta de los administrados. Es decir, que lo hagan "motu proprio".

Los principios generales en que ha de basarse esta publicidad activa de las entidades locales, sus organismos, etc., vienen recogidos en el artículo 5 de la LTAI, y se refieren, en resumen, a que se publicará la información relevante para garantizar la transparencia de la actividad y funciones de estas entidades, etc., y permitir su control. Esta publicación deberá hacerse de forma periódica y actualizada. Por otro lado, el régimen de obligaciones de transparencia regulado en la LTAI es de carácter mínimo, por ello es susceptible de ser mejorado por uno más amplio que pudiera establecer la normativa autonómica. Igualmente, la difusión de la información sujeta a obligaciones de transparencia deberá hacerse en las correspondientes sedes electrónicas o páginas Web de la entidad, etc., y deberá tratarse de manera clara, estructurada y entendible para los interesados; su acceso será fácil, comprensible (en formato adecuado) y gratuito, así como estará a disposición de las personas con discapacidad. Por último, a esta clase de publicidad le serán de aplicación los límites para el derecho de acceso a la información pública previstos en el artículo 14 de la LTAI y, especialmente, el también límite derivado de la protección de datos de carácter personal que se recoge en el artículo 15 de la misma. En este último caso, cuando la información contuviera datos especialmente protegidos, la publicidad sólo se llevará a cabo una vez disociados (retirados) éstos.

Siguiendo el espíritu de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procesos selectivos deben de regirse por los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.

Las citadas fuentes añaden, por otro parte, que, en otro nivel de compromiso, el Ayuntamiento de Cieza convenia con innumerables asociaciones y entidades de todo tipo con las que establece unas contraprestaciones recogidas en dichos convenios y por las que normalmente son abonadas una cantidades por los compromisos que se suscriben. Con independencia de la justificación documental que exige este Ayuntamiento para el abono de las cantidades firmadas, es igualmente deseo del equipo de gobierno incluir en todos los convenios un compromiso de transparencia.

Situación actual de fundaciones, empresas públicas y sociedades mercantiles locales

Del análisis realizado en las visitas efectuadas a Aguas de Cieza y Promociones Empresariales, el equipo de gobierno ha observado que no existen establecidos mecanismos de contratación laboral que puedan asimilarse al utilizado por el Estado y "es necesario que los consejos de administración establezcan, especialmente en materia de publicidad, los procesos para que los ciudadanos de Cieza puedan optar en los sistemas de selección. La necesidad de transparencia de esos procesos aumenta hoy en día con la demanda de una sociedad cada vez más crítica con los poderes públicos. Se está observando que incluso las empresas con capital 100% privado establecen en sus Webs secciones en las que publicitan sus ofertas de empleo, determinan las bases de la convocatoria, abren los procesos hasta los límites que permite la ley de protección de datos y determinan de forma clara cuáles serán los criterios de selección y ponderación de méritos".

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