AMEFIR denuncia las desafortunadas palabras del Concejal de Empleo del Ayuntamiento de Cieza refiriéndose a las personas con discapacidad

En el Pleno del Ayuntamiento de Cieza, que tuvo lugar el día 7 de mayo, se hacía mención al Programa del Empleo Social, muy necesario para dar cobertura laboral a todas aquellas personas vulnerables entre las que se encuentran, en muchos casos, las personas con discapacidad.

Sin embargo, no solo no se está prestando este servicio con una proyección abierta a toda la población, sino tan sólo a 11 personas en una población de 35.000 habitantes, donde el número de personas vulnerables es muy superior a esa cifra.

El Programa de Empleo Social debe de tener como objetivo prioritario el desarrollo y mejora de la empleabilidad de la población más vulnerable a través de la formación y contratación de sus participantes.

Estas personas pueden desempeñar diversos trabajos vinculados al propio Ayuntamiento, como puede ser vigilancia, mantenimiento y control de instalaciones deportivas, centros de educación, mercado municipal,...e incluso a otros puestos de trabajo que requieran mayor responsabilidad.

No obstante, el Sr. Concejal de Empleo del Ayuntamiento de Cieza, refiere, en palabras textuales que es un “disparate meter 100 personas o más, que usando el sentido común es un disparate, optando porque esta gente por sus características especiales acogieron solo a 11 personas, dando un servicio al pueblo de Cieza”.

“Esta gente no quiere trabajo en septiembre, octubre, noviembre y diciembre….” y ya para rematar acaba terminado su discurso refiriéndose a “esa gente tiene unas características especiales, defectos,...” Desde la Asociación “Martín Espejo” de Familias por la Inclusión Real queremos expresar nuestro pesar ante los “disparates" que ha manifestado con sus palabras.

Sr. Concejal las personas con discapacidad tienen derechos, y los administraciones públicas, como es el Ayuntamiento de Cieza, tienen el deber de hacerlos cumplir, en lugar de utilizar palabras un tanto denigrantes: El punto de partida de este derecho se encuentra en el artículo 49 de la Constitución, donde se determina que los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad física, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que la Constitución otorga a todos los ciudadanos.

Para cumplir con dicho mandato, se dictó la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los minusválidos (LISMI, en adelante). El artículo 3 LISMI establece que las personas con discapacidad tendrán derecho a la integración laboral.

Dicho mandato se articula asimismo en el artículo 37 de dicha norma, donde se determina que será finalidad primordial de la política de empleo de trabajadores con discapacidad su integración en el sistema ordinario de trabajo o, en su defecto, su incorporación al sistema productivo mediante la fórmula especial de trabajo protegido. No obstante, lo anterior, la integración laboral de las personas con discapacidad sigue siendo un aspecto de la discapacidad en el que aún queda mucho por hacer.

Muestra de ello es la normativa que se ha venido aprobando en los últimos años a partir de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en la que vuelve a respaldarse legalmente el derecho a la igualdad de oportunidades de las mismas en el ámbito del empleo y la ocupación.

En cuanto a los “disparates” manifestados por el Sr. Concejal con los adjetivos dirigidos para hablar de las personas con discapacidad, nos sentimos en la obligación de expresar nuestra disconformidad, y exigimos al concejal de Empleo que se retracte de sus palabras y no minusvalore a este colectivo; palabras muy graves provenientes de un representante político.

Las personas con discapacidad, por encima de cualquier condición somos ante todo personas. Y le recordamos al Sr. concejal, y por ende a toda la corporación, que no se han manifestado verbalmente ante sus palabras, que recientemente la Constitución Española ha eliminado recientemente la palabra “disminuido”, mediante la reforma de su artículo 49 sustituyéndolo por el de personas con discapacidad.

Por lo que conminamos a los representantes de la Administración Pública, a hacer el uso debido al hablar de personas con discapacidad.

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