Tras un informe de la Agencia Tributaria declara que, tras la sentencia 1462/2018, Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Las contribuyentes que percibieron estas prestaciones en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF en la que hubiesen incluido tales rentas, mediante un formulario de la Agencia Tributaria.
Los socialistas afirman que, tras esta declaración de la Agencia Tributaria, se abre un periodo más justo para aquellas personas que pagaron por una cotización que no se correspondía con un trato justo. "Existen demasiados impedimentos que ahondan en las desigualdades profesionales que se crean, cuando una mujer se queda embarazada y esta sentencia alivia parte de la presión fiscal" afirman.
Además, para aquellas solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia, tiene posibilidad de recurso siempre que la declaración no haya adquirido firmeza y que el recuso se encuentre en vía de resolución será el órgano competente el encargado de resolver de acuerdo a esta decisión.
La agrupación de Cieza afirma que desde el Gobierno nacional se están impulsando medidas que ahonden en la erradicación de las desigualdades. La maternidad y la paternidad pueden desembocar en procesos de desigualdad laboral y familiar, por ello celebramos la sentencia que tendrá que verse acompañada con medidas como la educación gratuita de 0 a 3 años.